Calcula la cuantía que Hacienda te devolverá de la Prestación por PATERNIDAD

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Calcula la cuantía que Hacienda te devolverá de la Prestación por PATERNIDAD
04 de diciembre del 2018 a las 12:59

Desde ayer ya se puede solicitar la devolución del IRPF de la prestación por Maternidad y Paternidad de los años 2014 y 2015.

Los que cobraron la prestación en 2016 o 2017, lo podrán pedir a partir de Enero de 2019.

¿Cuánto os devolverán por la Prestación por Paternidad? nosotros os facilitamos el trabajo con la siguiente calculadora.

Introduce tu salario bruto del año de nacimiento de tu hijo y su fecha de nacimiento, y te calculamos aproximadamente lo mínimo que te tendrían que devolver.

NOTA: La cantidad resultante a devolver indicada es SOLO una orientación. Influyen temas como los ingresos particulares de cada uno, estar casados o ser madre soltera, hacer Declaración conjunta o individual, solicitar jornada reducida después de la Baja por maternidad, tipo de contrato, deducciones estatales y autonómicas (por discapacidad, familias numerosas, vivienda…), regimenes forales, etc …

Si queréis un cálculo exacto debéis de seguir los pasos indicados aquí.

Las prestaciones cobradas en 2018 y que hayan sido sometido a retención se puede solicitar la devolución en la declaración del 2018 que se realizará en el segundo trimestre del 2019.

Evolución permiso de paternidad que se ha tenido en cuenta en la calculadora

El permiso de paternidad hasta enero de 2017 era de 13 días, salvo casos excepcionales que podrían subir hasta 20 días:

  • 2 días más por cada hijo a partir del segundo, en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples, si se trata de trabajadores a los que resulta de aplicación el artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores. El disfrute de estos períodos es independiente del disfrute compartido de los períodos de descanso por maternidad.
  • 15 días naturales ininterrumpidos, durante el permiso de paternidad por el nacimiento, acogimiento o adopción de uno o más hijos, para las personas integradas en el Régimen General del EBEP.
  • 20 días naturales ininterrumpidos, cualquiera que sea la legilación aplicable, cuando el nuevo nacimiento, adopción o acogimiento se produzcan en una familia numerosa o que, por tal motivo, adquiera dicha condición o cuando en la familia existiera previamente una persona con discapacidad, en un grado igual o superior al 33%.
  • 20 días naturales ininterrumpidos, cualquiera que sea la legislación aplicable, cuando el hijo nacido o adoptado o el menor acogido tenga una discapacidad en un grado igual o superior al 33%

La calculadora, mostrará el resultado en el caso general de 13 días, si fueran más, habría que aplicar la siguiente fórmula: resultado/13*x días.

Los que tuvieron hijos a partir de 2017, disfrutaron de 28 días de permiso de paternidad remunerado, tenido en cuenta en la calculadora.



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Última actualización: 19 de Abril del 2024