¿Qué es y para qué sirve un préstamo entre particulares?
Realizar un préstamo entre particulares es una figura muy interesantes y suscita mucho interés entre particulares y más concretamente entre familiares para la adquisición de una vivienda habitual o para el aprovechamiento de los famosos depósitos de bienvenida que muchas entidades españolas ofrecen a los nuevos clientes.
Pero en realidad no existe ninguna diferencia si el préstamo se realiza entre amigos ya que lo importante es que se trata de un préstamo entre particulares sin la intervención de una entidad de crédito y por lo tanto el tratamiento fiscal es la misma tratándose de familiares o no.
¿Hay que tributar en el IRPF los préstamos entre particulares?
Sí, porque hacienda presume, salvo prueba en contra, que quien hace un préstamo recibe unos intereses iguales, al menos, al interés legal de dinero, que durante el año 2008 fue del 5,5% anual, independientemente de que los reciba o no. Esos intereses deben de ser declarados como rendimientos del capital mobiliario y no llevan retención.
¿Se puede hacer préstamos gratuitos y por lo tanto sin necesidad de tributar?
Sí, pero es el contribuyente quien tiene que probar que los intereses son menores al estipulado por ley o inexistentes (préstamos gratuitos o de tipo 0), en cuyo caso no se ha de tributar nada.
¿Cómo se puede probar un préstamo a tipo 0?
Existen 2 vías para probar la gratuidad de un préstamo:
- Una escritura pública de reconocimiento de la deuda, o de préstamo personal. Este sistema es poco utilizado porque conlleva gastos notariales.
- Un contrato privado, que se presentará a liquidación por el Impuesto de Transmisiones patrimoniales en la Consejería de Hacienda autonómica (o en el registro de la Propiedad, en poblaciones pequeñas).
Este trámite no conlleva ningún tipo de gasto, salvo el coste del impreso. Se ha de presentar 3 ejemplares del contrato y el impreso correspondiente, con esta mención: préstamo exento en el ITP artículo 45.1.B del RDL 1/93. Una de las copias se lo quedará el fisco y se entregará una copia sellada a cada una de las partes del préstamo.
Además del contrato privado, conviene guardar otras pruebas de la operación, como los resguardos de las transferencias bancarias.
Si no se realiza bien el contrato, el registro en el ITP y resguardos documentales del movimiento del dinero, hacienda puede considerar que en la operación ha habido una donación encubierta, y los impuestos que se ha de pagar es bastante alto.
¿Se puede deducir el dinero de un préstamo entre particulares si se invierte en la adquisición de una vivienda habitual?
Sí. Los préstamos entre particulares no tienen ninguna diferencia en el tratamiento del IRPF con respecto a los prestamos otorgados por las entidades financieras, y por lo tanto, independientemente si el dinero procede de un familiar, amigo o de una entidad de crédito, si el destino del dinero es para la adquisición de una vivienda habitual, el titular del préstamo tendrá derecho a desgravarse por el concepto inversión en vivienda habitual con financiación ajena.





Gracias, ya vere como salgo de esta,
Suerte!!!
¿Por cierto, no ha probado solicitar un adelanto en su empresa?
Suerte nuevamente…
Gracias de nuevo, ya pedi el adelanto en la empresa. Me quedan 2 meses para cancelarlo. He agotado todas las posibildades. Solo me queda que algun alma caritativa quiera ayudarme
Hola.
Estoy a punto de montar un negocio y estoy en proceso de crear una sociedad limitada con mi socio, que es de la familia, y tenemos varias dudas:
1) Entre mi socio y yo tenemos unos recursos propios de 100.000 euros. Mis padres pueden ayudarme con 30.000 euros más, igual que la familia de mi socio. Viendo el artículo (muy útil y sencillo por cierto) consideramos que lo mejor es que nos hagan un préstamo a tipo 0. En este caso tendríamos 100.000 de recursos propios y 60.000 prestado por la familia. Para constituir la sociedad el gestor me comenta que cuál será el capital inicial de la sociedad. En el caso que he expuesto, ¿el capital inicial sería de 100.000€ o de 160.000€?
2) De los préstamos comentados en el apartado 1) nuestras familias no tienen prisa en cobrar esos préstamos. Según el artículo se podría poner una devolución del préstamo a unos 10 años, por ejemplo, pero nuestras familias nos comentan que el primer año no haría falta pagarles nada para así ir nosotros más desahogados. ¿Esto sería posible? ¿En el contrato privado se podría añadir esta condición?
3) Si el préstamo comentado a tipo 0, se quisiera devolver antes del vencimiento, ¿se podría hacer sin coste alguno si así se quisiera poner en el contrato privado?
Estas son nuestras 3 dudas y estaría agradecido si me las pudieras resolver.
Muchas gracias.
1. Yo creo que el capital inicial será de 160.000€, que se ha constituido con capital propio y financiado.
2. Se puede establecer como queráis la forma y plazo de devolución, siempre que se especifique en el contrato.
3. Efectivamente, si queréis podéis incluir una clausula que establece la posibilidad de liquidar la deuda de forma anticipada y sin penalizaciones.
Salu2 y suerte con vuestra empresa.
Hola tengo un problema, mi vecino se va a ir a trabajar al extranjero pero me debe una cantidad de dinero ya que se lo presté hace 5 años ,¿ puedo reclamarle ese dinero? o ¿a pasado el tiempo que tengo para reclamarselo? si no es asi ¿de cuanto tiempo dispongo para reclamarselo ?
Las deudas en España creo recordar que se puede reclamar hasta en 15 años.
Pero lo complicado en tu caso la forma de reclamarlo si el deudor no está dispuesto a pagarte.
Salu2.
para hacer la escritura de prestamo entre particulares, se necesita poner que el que presta no se dedica a ello de forma profesional, quería saber cuántes veces se puede prestar dinero sin serlo ¿existe un limite? ¿cuál es la legislación aplicable?
No existe ningún límite que yo sepa.
Se puede prestar dinero entre particulares siempre que se quiera.
Si quieres más información acude a la Agencia Tributaria, y allí le informarán de todo lo que quiera saber.
Salu2.
Hola,
voy a montar una Sociedad Limitada Nueva Empresa y mi padre me va a prestar 60.000€. Este dinero proviene de un fondo de pensiones del cual todavía no ha retirado nada.
Mi padre reside en Valladolid y yo en Barcelona, donde montaré la empresa.
Nos surgen varias dudas:
1ª ¿Es mejor opción el préstamo a tipo 0 que una donación? Me refiero en cuanto a gastos que puedan acarrear, sencillez en el proceso y transparencia cara a Hacienda.
2ª ¿Cuál sería el coste en caso de hacer una escritura pública en vez de un contrato privado? Gastos notariales, impresos, etc…
Muchas gracias por tu respuesta.
1. Son 2 cosas diferentes, la donación te regala el dinero para siempre, mientras que un préstamo tienes que devolver el dinero.
De cara a hacienda también será diferente, ya que por uno hay que tributar, mientras que por el otro no.
2. La escritura públicar será de unos pocos cientos de euros.
Salu2.
buenas tardes a todos, mi comentario no es para hacer una consulta, sino una petición,estoy harto de enviar transferencias de dinero, sin ni siquiera contestación alguna a prestamistas de todo tipo y empresas financieras que lo unico que quieren es sacar dinero con las llamadas y las transferencias de gastos de gestión que nunca son aprobadas con esos fabulosos productos que tienen solo con ingresos justificados, yo no solo tengo esos ingresos justificados, también tengo contrato fijo con antiguedad del 2003, vivienda la cual tiene un margen de venta actual de 80.000€, la antiguedad de construcción es del 2006, a mi me costo 260.000€, y le queda una carga de 180.000€, esta valorada en 278.000€,tengo capacidad para pagar el prestamo y estaría dispuesto a pagar hasta un 15% anual al particular que me lo pueda prestar, aunque este en asnef es poca cantidad 1260€ aprox, y se cancelaría con el prestamo, no es por necesidad, es para crear una empresa, domiciliaria la nómina en el banco que me digáis, puedo enviar dossier de la empresa que quiero crear, solicito 20.000€ y la urgencia es que tengo servicios previsto para contratar en enero, estaría dispuesto por tal de crear esa empresa de mal-vender mi casa en 210.000€, por favor quisiera que alguien me pudiera ayudar con este proyecto, estoy comprometido en la creación de empleo y el 10% del beneficio de la empresa hiría para acciones sociales, por favor no enviar para llamadas a 807 ni transferencias anticipadas de gastos de gestor, muchas gracias a todos.