El banco me dice que bloqueará la cuenta por DNI caducado, ¿cómo lo renuevo?

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El banco me dice que bloqueará la cuenta por DNI caducado, ¿cómo lo renuevo?
20 de marzo del 2020 a las 14:02

Desde enero de 2018 los bancos bloquean las cuentas bancarias si no tienen los DNI actualizados por la ley de prevención del blanqueo de capitales.

De esta forma, algunos clientes bancarios han recibido recientemente una notificación de su entidad debido a la breve caducidad de su DNI y les instaba a acudir a una de sus oficinas para entregar el DNI actual y en vigor, y si no lo hacían, les iban a bloquear la cuenta.

A muchos de estos clientes les han pillado el Estado de Alarma por coronavirus por sorpresa y ahora se encuentra con el DNI caducado y no lo pueden renovar y por lo tanto no puede cumplir con la exigencia de banco.

No hay que preocuparse!!

En el Real Decreto que estableció el Estado de Alarma contempla una prórroga automática del validez del DNI hasta el 13 de marzo de 2021.

Ojo, eso sólo es válido para los DNI que han caducado o lo vaya a hacer durante el Estado de Alarma, es decir, desde el 13 de marzo de 2020.

Los que se les caducaron antes, que tampoco lo pueden renovar, puede encontrarse en una situación delicada.

De cualquier forma, debe de ponerse en contacto con la oficina de la entidad del que sea cliente (mejor vía telefónica) y comunicarle estos hechos.

Creemos que ante esta situación excepcional los bancos no tomarán una decisión drástica.

Similar circunstancia con la ITV

Muchas estaciones de Inspección Técnica de Vehículos (ITV) han cerrado, por lo que muchos conductores, aunque quieran, no pueden pasar la ITV a sus vehículos.

Pero tranquilos, que durante este período las revisiones han sido sometida a una «suspensión inmediata» en toda España.

Podrás seguir utilizando el vehículo, eso sí, pide cita previa y tendlo en el coche.

Una vez que se levante el estado de alarma habrá que pasarlo lo antes posible (el día de la cita).

Carnet de conducir

Los conductores a los que les caduquen el carnet de conducir en estos días podrán seguir conduciendo sus vehículos.

De hecho, todos las licencias de conducción cuya fecha de validez haya finalizado posteriormente a la entrada en vigor del estado de alarma se entenderán como válidas mientras dure esta situación excepcional.

Os recordamos que sólo se puede salir a la calle (conducir) para casos como adquirir alimentos, repostar gasolina, desplazarse al lugar de trabajo de aquellas empresas que mantengan su actividad, cuidar a personas mayores/menores/discapacitados o acudir a entidades financieras.



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Última actualización: 28 de Abril del 2024