Solicitar el IRPF de la prestación maternidad y PATERNIDAD a partir de la próxima semana

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Solicitar el IRPF de la prestación maternidad y PATERNIDAD a partir de la...
30 de noviembre del 2018 a las 10:29

Finalmente tanto las madres como los padres podrán reclamar el IRPF de la prestación por Maternidad y Paternidad según ha confirmado la Ministra de Hacienda.

El Tribunal Supremo sentenció que la prestación por maternidad estaba exenta del IRPF y Hacienda para evitar otro proceso similar, ha decidido también devolver el IRPF de la prestación por paternidad.

El formulario de solicitud estará disponible a partir de la próxima semana y las devoluciones podrían comenzar el mismo mes de diciembre.

Además, los datos que solicitarán a los contribuyentes será sólo:

  • Datos identificativos del contribuyente.
  • Los años que se percibió la prestación de maternidad.
  • Un número de cuenta bancaria donde se quiere que abone la devolución.

Hacienda indica que si han tardado en tener el formulario de solicitud, es porque en este tiempo ha estado recabando información de la Seguridad Social, para agilizar las devoluciones y de paso ahorrar trabajo al contribuyente.

La Agencia Tributaria hará todas las verificaciones:

  • Si realmente cobraste prestación esos años.
  • Cuánta prestación cobraste.
  • Cuánto dinero pagaste indebidamente y que ahora procederá a devolverte.
  • ¿Intereses de demora de todo ese dinero?.

El formulario se parecerá bastante al que ya publicamos hace unas semanas (Ver aquí), y los «beneficiarios» deben de tener en cuenta lo siguiente:

  • Los niños que hayan nacido en los meses de septiembre (segunda mitad), octubre, noviembre y diciembre, han cobrando la prestación en 2 años (hay que indicarlo en la solicitud).
  • Los que hayan tenido un bebé después del día 11 de septiembre de 2013 tiene derecho a pedir devolución, pero sólo para los años 2014, 2015, 2016 y 2017. Lo que se haya pagado de impuesto del año 2013 ya no se puede reclamar salvo que hayas emprendido acciones antes de su prescripción.
  • Los que está cobrando la prestación en 2018 y os ha retenido en el IRPF, no os preocupéis, cuando hagáis la declaración del 2018 (en 2019), tenéis que incluir dichas retenciones y os devolverá.

Las devoluciones podrían comenzar en el mismo mes de diciembre, una buena ayuda para la Navidad!!



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Última actualización: 09 de Octubre del 2024