Si habéis tenido dinero en bancos extranjeros disponéis de 1 semana, hasta el 31 de marzo de 2026, para presentar la declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero, el modelo 720.
Concretamente los contribuyentes que haya tenido bienes de más de 50.000€ a fecha de 31 de diciembre de 2023 tienen que presentar este modelo.
En caso de no presentarlo o presentarlo fuera de plazo, teniendo la obligación, te expondrás a multas por parte de la Agencia Tributaria.
¿Quién debe de presentar?
Estarán obligados a presentar esta declaración informativa los contribuyentes que posean en el extranjero alguno de los siguientes grupos de bienes que supere en total más de 50.000 euros a fecha de 31 de diciembre de 2023:
- Cuentas o depósitos
- Valores, Seguros o Rentas
- Bienes inmuebles
Como ejemplo, hay que considerar el dinero en bancos que no tenga sucursal en España como Novum Bank o las entidades de Raisin.
En definitiva, si el total de cada uno de los 3 grupos anteriores de bienes no superan los 50.000 euros a fecha de 31 de diciembre de cada año, no tienes la obligación de presentar el modelo 720.
Una vez presentado el Modelo 720 por primera vez, en los sucesivos años, sólo será obligatoria cuando cualquiera de los saldos conjuntos de los tres diferentes bloques de bienes anteriormente mencionados, hubiese experimentado un incremento superior a 20.000 euros respecto de los que determinaron la presentación de la última declaración.
Como ejemplo de ahorradores afectados, son las personas que tuvieran contratados depósitos de Raisin, salvo Haitong, que es una entidad con sucursal en España.
¿Cómo se declara?
Es bastante sencillo rellenar el modelo, os lo hemos explicado detalladamente en un artículo publicado en 2024. Puede que haya algún cambio. Lo revisaremos, pero de momento puede ser de guía: Leer aquí
¿No era ilegal?
Sí, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) lo declaró ilegal por las multas «desproporcionadas» y menoscaban la libre circulación de capitales en la Unión Europea.
Tras la sentencia, el gobierno corrigió esos defectos aprobando un nuevo régimen sancionador, evitando la ilegalidad declarada por el TJUE.
La obligación sigue vigente.
¿Qué sanciones?
Desde 2022 y tras la sentencia del TJUE, las sanciones que se aplican al modelo 720 es la misma que al resto de las sanciones de la Agencia Tributaria.
Al tratarse de un modelo informativo, las sanciones son:
1. Si requerimiento de Hacienda, presentándolo voluntariamente fuera de plazo:
La sanción será de 100 euros, y 10 euros por cada dato o conjunto de datos de la declaración informativa, con límites establecidos entre 150 y 10.000 euros.
2. Con requerimiento de Hacienda
La sanción será de 200 euros y 20 euros por cada dato o conjunto de datos de la declaración informativa con límites establecidos entre 300 y 20.000 euros.