¿Te ha embargado tu cuenta o depósito? ojo, que no lo pueden hacer de cua...
El dinero de una cuenta o depósito bancario está en el primero de la lista de cosas a embargar, pero no lo puede hacer de cualquier forma, el banco ha de respetar unos códigos de buena conducta.
El embargo del dinero de las cuentas es el principal mecanismo de la administración para el cobro de deudas tributarias, multas, o tasas, pero también puede venir de una sentencia del juzgado.
El banco ha de respectar unos criterios de buenas prácticas bancarias:
- Comunicar al afectado: El banco ha de comunicar al afectado y antes de aceptar el embargo para que pueda ejercer en plazo su oposición al mismo.
- No dejar en descubierto: El embargo sólo puede ser sobre el saldo existente en la fecha de embargo.
- Ingresos posteriores, no embargable: Si en la fecha de embargo, no se cubre la totalidad de la deuda, no se puede embargar dinero ingresado con posterioridad a la fecha de embargo, salvo nueva orden de embargo o un embargo ejecutado sobre unos ingresos periódicos (nómina).
- La cuenta no puede quedar bloqueado: ha de seguir funcionando con normalidad. El saldo no embargado debe seguir a disposición del titular.
- Respectar mínimo no embargable: Si se trata de una cuenta donde se domicilia la nómina y/o pensión, existe un mínimo no embargable.
Recibido el comunicado del banco, ¿puedo retirar el dinero?
NO, nada más recibir la orden de embargo, se comunica al cliente, y el saldo (hasta cubrir la deuda) quedará bloqueado y/o transferido a la administración o al juzgado.
¿Qué pasa con la parte no embargable de la nómina?
Existe un mínimo, necesario para que sobrevivas y que depende del SMI, de la nómina o ingresos que no se puede embargar y hay que dejarlo en la Cuenta.
El dinero que se vaya acumulando en la cuenta no puede embargarse, salvo que haya una nueva orden de embargo y se podría reclamar porque se trata del mínimo no embargable.
El mínimo necesario para vivir, no significa que lo tengas que gastar en el mes, sino que puede que lo necesites para más adelante.
¿Qué pasa si la cuenta es de varios titulares?
Si llega un embargo en una cuenta donde hay varios titulares, el banco no va a distinguir de quién es el dinero. Se aplicará el embargo sobre la totalidad.
Eso sí, si uno de los titulares no es la persona embargada puede reclamar su parte del dinero (en el juzgado). Si piensas que te va a embargar, lo mejor es que no tengas cuentas con otras personas para no afectarle.
me han embargado 44 e de una cuenta corriente y el embargo es de 378 pero solo tenia 44 puedo ingresar estos dias dinero en la cuenta o me lo van a quitar? Me pueden sacar dinero de otras cuentas estos dias y despues puedo ir hacienda ha poder pagar en plazos esa deuda
Te tratará de embargar de todas las cuentas que seas titular.
Pagar a plazos, me temo que en fase de embargo ya no se puede, eso antes de llegar a esa situación.
Salu2.
Si tengo un embargo de un ayuntamiento y me embargan cada vez que mi nómina supera el smi, entonces si me pido al banco un préstamo para un coche y me lo acepta, al dármelo me lo van a quitar por el embargo? O solo me embarga mensualmente de mi nómina?
¿Te va a dar un préstamo el banco teniendo un embargo? raro, muy raro.
No te debería de embargar ese dinero, pero a saber.
Salu2.
Hola buenas noches,me han embargado por qué pague el billete del metro más tarde por descapacidad fui más lento es legal que me embarguen si tengo un escrito psicologico de mi estado?
Me pueden embargar la cuenta de nuevo si me la han embargado,es decir me embargan lo que g tengo en la cuenta y despues me ingresan la nomina se la pueden quedar tambien gracias
Sí. La nómina no se puede embargar. Pero si dejas dinero de 1 mes para el siguiente, ya se considera ahorro y se podría volver a embargar.
Salu2.
Hola me han embargado todo el dinero que tenía en la cuenta, he trabajado en el extranjero y tenía dinero ahorrado, ahora estoy en paro y era todo el dinero que tenía. Que puedo hacer?
La seg me han embargado 673 de una deuda de 675,15, la unica que tengo, y han hecho el debito por embargo en el 7. Todavia en el sistema de la Tesoraria de la Seguridad Social, la deuda consta en vigencia, van ha me embargar otra vez?
Gracias!!
Te falta pagar unos pocos euros. Así que sí.
Salu2.
Hola,estoy cobrando el subsidio de 450€.Axactor me embargaron la cuenta,me quitaron el dinero q devia,los gastos judiciales y ahora dicen q se tienen q cobrar los intereses para ellos.Mi pregunta es…pueden tocar los 450 € o me pueden bloquear la cuenta? Gracias!!!
Violeta, as tenido ya algún tipo de demanda de axactor, juicio y sentencia de algún juzgado…porque ni axactor ni nadie puede quitarte dinero de tu cuenta y ni muchomenos embargarte sin previo juicio y sentencia .
Me han retenido que no sustraído, 194.25€ de una cuenta que tengo con mi mujer, y en concepto solo pone «retención embargo 2021». Llame al banco y me dijeron que era un organismo público, pero nadie me ha notificado absolutamente nada, ni banco, ni ordinaria, ni telematicamente, ni organismos públicos. No sé de dónde aparece esto pero supuestamente me lo dirá el banco (yendo a ventanilla). Yo no tengo deudas de ningún tipo y mi mujer tampoco, ¿Que podemos hacer si no han notificado nada?
Gracias.
Una multa de tráfico? eso lo intentan notificar y si no lo consiguen lo publican en el BOE y listo.
Si no pagas, te embargan vía Hacienda con recargos.
Salu2.
Esta mañana me han bloqueado la cuenta desde cgpj , me han dado un número de expediente, pero no tengo claro porque me lan bloqueado. Si em la han bloqueado es porque debo mas de lo que tenía oes para que pague lo que debo. Saludos
Si está bloqueado es para que no retires el fondo de esa cuenta.
Es posible que vaya a embargar lo que tengas o al menos es par aprovisionar posible embargo.
Salu2.
Juan Ignacio, vete al juzgado con ese número de expediente y que te aclaren los conceptos, ya te digo que si tienes dinero encuenta eso te lo van a quitar y a partir de aaquí lo que te entre por nóminas, pensiones y tal, eso tiene su parte inembargable. Como digo exponlo todo en el juzgado .
Tengo una deuda con hacienda de 45000€ se han embargado pagos a cuenta, nóminas, y banco por valor de 25000€ pero hacienda no lo resta siempre es la misma cantidad tengo ke hacer Un reipoteca de mi vivieenda pero no veo claro ke de a ser por 45000.
Es que no se restan las cantidades embargadas? Dicen que eso son intereses.
Quieren subastar la vivienda.
Claro, si tienes una deuda, además de pagar lo que debes, tienes que pagar los intereses de demora.
Salu2.
A salu2.
Claro hombre y de una deuda de 45000€ se cobran 25000€ de golpe y son todo intereses…esto es España…el país de los chorizos y la usura.
Me han embargado por orden del juzgado la cuenta. De ella se han llevado x que no cubre ni mucho menos la deuda. Si yo ahora ingreso para pagar el autonomos, me embargan otra vez ese dinero que meta para pagar el autonomos del mes? Gracias
Tienes un problema, es que es ahorro nuevamente.
El proceso para que no te embargue nada; cobras la nómina, deja lo justo para los gastos del mes, y nuevamente nómina.
No metas nada más.
Salu2.
Respondo a salu2.
Salu2, te as obcecado con los ahorros y de hay no sales, responde con más claridad.
Si te ingresan la nómina y tu empresa no tiene orden de retenerte la parte que corresponda según el SMI, entonces lo hará el banco, pero solo la parte que corresponda al 30% del segundo bloque que supere el SMI, es decir el resto es inembargable que es para tu supervivencia diaria, eso no son ahorros.
Ahora si te entra dinero por otros conceptos eso si es ahorro y ya si te lo pueden embargar.
Y con respecto a pagar recibos domiciliados o cuotas de autónomos, 1° el juzgado tendrá que mandar al banco la parte que te tienen que embargar de la nómina, y en caso de que ya no venga descontada desde tu empresa, y 2° de la parte inembargable que te queda en el banco y siempre que no te entre otro dinero de otros conceptos, tu banco tendría que hacer frente a las domiciliaciones que tengas contratadas sin ningún problema, siempre lo repito que solo estemos hablando del dinero que solo tengas por ingresos de nómina.