¿Te ha embargado tu cuenta o depósito? ojo, que no lo pueden hacer de cualquier forma

Comparativa Productos

Utilidades
Otros

¿Te ha embargado tu cuenta o depósito? ojo, que no lo pueden hacer de cua...
07 de febrero del 2020 a las 12:10

El dinero de una cuenta o depósito bancario está en el primero de la lista de cosas a embargar, pero no lo puede hacer de cualquier forma, el banco ha de respetar unos códigos de buena conducta.

El embargo del dinero de las cuentas es el principal mecanismo de la administración para el cobro de deudas tributarias, multas, o tasas, pero también puede venir de una sentencia del juzgado.

El banco ha de respectar unos criterios de buenas prácticas bancarias:

  1. Comunicar al afectado: El banco ha de comunicar al afectado y antes de aceptar el embargo para que pueda ejercer en plazo su oposición al mismo.
  2. No dejar en descubierto: El embargo sólo puede ser sobre el saldo existente en la fecha de embargo.
  3. Ingresos posteriores,  no embargable: Si en la fecha de embargo, no se cubre la totalidad de la deuda, no se puede embargar dinero ingresado con posterioridad a la fecha de embargo, salvo nueva orden de embargo o un embargo ejecutado sobre unos ingresos periódicos (nómina).
  4. La cuenta no puede quedar bloqueado: ha de seguir funcionando con normalidad. El saldo no embargado debe seguir a disposición del titular.
  5. Respectar mínimo no embargable: Si se trata de una cuenta donde se domicilia la nómina y/o pensión, existe un mínimo no embargable.

Recibido el comunicado del banco, ¿puedo retirar el dinero?

NO, nada más recibir la orden de embargo, se comunica al cliente, y el saldo (hasta cubrir la deuda) quedará bloqueado y/o transferido a la administración o al juzgado.

¿Qué pasa con la parte no embargable de la nómina?

Existe un mínimo, necesario para que sobrevivas y que depende del SMI, de la nómina o ingresos que no se puede embargar y hay que dejarlo en la Cuenta.

El dinero que se vaya acumulando en la cuenta no puede embargarse, salvo que haya una nueva orden de embargo y se podría reclamar porque se trata del mínimo no embargable.

El mínimo necesario para vivir, no significa que lo tengas que gastar en el mes, sino que puede que lo necesites para más adelante.

¿Qué pasa si la cuenta es de varios titulares?

Si llega un embargo en una cuenta donde hay varios titulares, el banco no va a distinguir de quién es el dinero. Se aplicará el embargo sobre la totalidad.

Eso sí, si uno de los titulares no es la persona embargada puede reclamar su parte del dinero (en el juzgado). Si piensas que te va a embargar, lo mejor es que no tengas cuentas con otras personas para no afectarle.

103 Comentarios
  • por Juan 5 abril, 2021 a las 10:42

    Tengo la cuenta con saldo a descubierto pueden embargarme.

    • por Mejores depósitos bancarios 5 abril, 2021 a las 11:43

      No te pueden dejar en números rojos.

      Salu2.

  • por Raul 15 abril, 2021 a las 20:47

    Me han embargado la cuenta Hacienda y hay me ingresan la nómina me pueden descontar los 800 euros de golpe yo cobro 1100

    • por Mejores depósitos bancarios 16 abril, 2021 a las 10:33

      De la nómina, no. De los ahorros, sí.

      No dejes dinero en la cuenta durante mucho tiempo, porque se considera ahorro.

      Salu2

  • por Diego 20 abril, 2021 a las 9:49

    Me han embargado por orden del juzgado la cuenta. De ella se han llevado x que no cubre ni mucho menos la deuda. Si yo ahora ingreso para pagar el autonomos, me embargan otra vez ese dinero que meta para pagar el autonomos del mes? Gracias

    • por Mejores depósitos bancarios 28 abril, 2021 a las 8:56

      Tienes un problema, es que es ahorro nuevamente.

      El proceso para que no te embargue nada; cobras la nómina, deja lo justo para los gastos del mes, y nuevamente nómina.

      No metas nada más.

      Salu2.

    • por GRM1 28 septiembre, 2022 a las 11:14

      Respondo a salu2.
      Salu2, te as obcecado con los ahorros y de hay no sales, responde con más claridad.
      Si te ingresan la nómina y tu empresa no tiene orden de retenerte la parte que corresponda según el SMI, entonces lo hará el banco, pero solo la parte que corresponda al 30% del segundo bloque que supere el SMI, es decir el resto es inembargable que es para tu supervivencia diaria, eso no son ahorros.
      Ahora si te entra dinero por otros conceptos eso si es ahorro y ya si te lo pueden embargar.
      Y con respecto a pagar recibos domiciliados o cuotas de autónomos, 1° el juzgado tendrá que mandar al banco la parte que te tienen que embargar de la nómina, y en caso de que ya no venga descontada desde tu empresa, y 2° de la parte inembargable que te queda en el banco y siempre que no te entre otro dinero de otros conceptos, tu banco tendría que hacer frente a las domiciliaciones que tengas contratadas sin ningún problema, siempre lo repito que solo estemos hablando del dinero que solo tengas por ingresos de nómina.

  • por Maria Fernanda morilla 27 abril, 2021 a las 18:59

    Tengo una deuda con hacienda de 45000€ se han embargado pagos a cuenta, nóminas, y banco por valor de 25000€ pero hacienda no lo resta siempre es la misma cantidad tengo ke hacer Un reipoteca de mi vivieenda pero no veo claro ke de a ser por 45000.
    Es que no se restan las cantidades embargadas? Dicen que eso son intereses.
    Quieren subastar la vivienda.

    • por Mejores depósitos bancarios 28 abril, 2021 a las 8:56

      Claro, si tienes una deuda, además de pagar lo que debes, tienes que pagar los intereses de demora.

      Salu2.

    • por GRM1 28 septiembre, 2022 a las 11:23

      A salu2.
      Claro hombre y de una deuda de 45000€ se cobran 25000€ de golpe y son todo intereses…esto es España…el país de los chorizos y la usura.

  • por JUAN IGNACIO 28 abril, 2021 a las 12:30

    Esta mañana me han bloqueado la cuenta desde cgpj , me han dado un número de expediente, pero no tengo claro porque me lan bloqueado. Si em la han bloqueado es porque debo mas de lo que tenía oes para que pague lo que debo. Saludos

    • por Mejores depósitos bancarios 29 abril, 2021 a las 8:51

      Si está bloqueado es para que no retires el fondo de esa cuenta.

      Es posible que vaya a embargar lo que tengas o al menos es par aprovisionar posible embargo.

      Salu2.

    • por GRM1 28 septiembre, 2022 a las 11:32

      Juan Ignacio, vete al juzgado con ese número de expediente y que te aclaren los conceptos, ya te digo que si tienes dinero encuenta eso te lo van a quitar y a partir de aaquí lo que te entre por nóminas, pensiones y tal, eso tiene su parte inembargable. Como digo exponlo todo en el juzgado .

  • por Israel 9 mayo, 2021 a las 3:12

    Me han retenido que no sustraído, 194.25€ de una cuenta que tengo con mi mujer, y en concepto solo pone «retención embargo 2021». Llame al banco y me dijeron que era un organismo público, pero nadie me ha notificado absolutamente nada, ni banco, ni ordinaria, ni telematicamente, ni organismos públicos. No sé de dónde aparece esto pero supuestamente me lo dirá el banco (yendo a ventanilla). Yo no tengo deudas de ningún tipo y mi mujer tampoco, ¿Que podemos hacer si no han notificado nada?
    Gracias.

    • por Mejores depósitos bancarios 10 mayo, 2021 a las 9:58

      Una multa de tráfico? eso lo intentan notificar y si no lo consiguen lo publican en el BOE y listo.

      Si no pagas, te embargan vía Hacienda con recargos.

      Salu2.

  • por Violeta 26 mayo, 2021 a las 16:12

    Hola,estoy cobrando el subsidio de 450€.Axactor me embargaron la cuenta,me quitaron el dinero q devia,los gastos judiciales y ahora dicen q se tienen q cobrar los intereses para ellos.Mi pregunta es…pueden tocar los 450 € o me pueden bloquear la cuenta? Gracias!!!

    • por GRM1 28 septiembre, 2022 a las 11:39

      Violeta, as tenido ya algún tipo de demanda de axactor, juicio y sentencia de algún juzgado…porque ni axactor ni nadie puede quitarte dinero de tu cuenta y ni muchomenos embargarte sin previo juicio y sentencia .

¿Alguna duda? te respondemos



Anuncios

Última actualización: 26 de Abril del 2024