Los presidentes de la UE ratifican el mecanismo para liquidar bancos

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Los presidentes de la UE ratifican el mecanismo para liquidar bancos
20 de diciembre del 2013 a las 10:42

Los jefes de Estado y de Gobierno de los Veintiocho han ratificado el acuerdo alcanzado por el Ecofin para crear una directiva única para la liquidación de bancos en crisis pese a las duras críticas de la Eurocámara, que amenaza con hacer naufragar el compromiso.

El mecanismo de resolución fue considerado el adecuado por todos los miembros del Consejo Europeo y se ajusta a las exigencias de Alemania:

  • Dejar la última palabra sobre el cierre de un banco a los Gobiernos y no a la Comisión.
  • Retrasar 10 años la creación de un fondo europeo único para sufragar quiebras y reestructuraciones.

Los puntos fundamentales de este mecanismo son:

  • Se creará una autoridad única de liquidación que supervisará los 130 mayores bancos de la eurozona. Los bancos pequeños (cajas) será responsable de los países miembros.
  • Los accionistas y los acreedores de los bancos asumirán las pérdidas en lugar de los contribuyentes.
  • Los Estados miembros tendrán que crear fondos de liquidación, financiados por la propia banca, que tendrán que alcanzar un nivel del 1% de los depósitos cubiertos en un plazo de 10 años.
  • Ante una eventual situación de rescate de una entidad, la norma aplicará obligatoriamente una quita del 8% del total del pasivo del banco según el siguiente orden:
    1. Capital: Cuotas participativas y acciones.
    2. Deuda junior: Participaciones preferentes, deuda subordinada…
    3. Deuda senior y depósitos no garantizados de grandes empresas
    4. Depósitos de más de 100.000 euros que no pertenezcan a pymes o particulares
    5. Depósitos de más de 100.000 euros de pymes y particulares
    6. Cédulas hipotecarias.

    Los depósitos de menos de 100.000 euros (garantizados) son intocables.

  • Los Estados Miembros pueden salvar a determinados acreedores de las pérdidas, hasta un máximo del 5% de los pasivos.
  • En circunstancias excepcionales, la directiva autoriza a continuación el uso de fondos públicos nacionales y del MEDE antes de que todos los acreedores pierdan por completo su inversión, mediante un préstamo al Estado que computa como deuda pública.
  • La recapitalización directa sólo podrá intervenir en una segunda fase, una vez que se hayan agotado todas las quitas posibles, si el banco sigue necesitando ayuda.
  • También se ha añadido un instrumento de recapitalización preventiva, que sólo se autorizará para bancos solventes que necesiten capital para cubrir las deficiencias identificadas por los test de estrés.

Esta directiva por lo tanto acabará con las las ayudas públicas a la banca y responde a las exigencias de Alemania, cosa que España o Francia no están de acuerdo ya que quieren dar más tiempo a las entidades para adaptarse.



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Última actualización: 18 de Abril del 2024